Notas sobre la configuración de las uniones de hecho en Roma
DOI:
https://doi.org/10.14198/fem.2006.8.06Palabras clave:
Matrimonio, Uniones de hecho, RomaResumen
Las uniones de hecho, tanto en Roma como en la actualidad, se caracterizan por ser parejas estables y no de mera relación sexual que deben cumplir determinados requisitos, recogidos por la jurisprudencia, en los que se evita la voluntad de los convivientes de contraer matrimonio conforme a las normas del Ordenamiento jurídico. Para abordar el tema de las uniones de hecho en Roma se expone, en primer lugar, las líneas generales del matrimonio romano, analizando, en segundo lugar, los hechos que dan lugar a la formación de uniones que no podían considerarse matrimonio, bien porque la Ley las prohibía, bien porque la voluntad de los contrayentes así lo estimaba y por último se recogen los principios vigentes en la Ley 1/2001, que regula las uniones de hecho en la Comunidad Valenciana, provenientes del Derecho romano.Descargas
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Publicado
31-12-2006
Cómo citar
Arévalo Caballero, W. (2006). Notas sobre la configuración de las uniones de hecho en Roma. Feminismo/s, (8), 77–86. https://doi.org/10.14198/fem.2006.8.06
Número
Sección
Artículos
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Derechos de autor 2006 Walenka Arévalo Caballero
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